Servicio Contable Especializado

Gestión Integral de Planillas, PLAME, T-Registro y Asesoría Laboral en Perú

Manejar personal demanda exactitud matemática y rigor legal. Aseguramos el cálculo preciso de sueldos, boletas de pago, aportes de AFP, EsSalud, gratificaciones y CTS, protegiendo a tu empresa de costosas sanciones de SUNAFIL.

100% Puntual
Declaración de PLAME
Cumplimiento según calendario SUNAT
Hasta 50% Ahorro
Costos con REMYPE
Régimen laboral especial para MYPEs
0 Multas
Blindaje ante SUNAFIL
Contratos, boletas y liquidaciones en regla
Digital
Boletas de Pago Electrónicas
Generación de archivos y envío ordenado

¿Qué cubre nuestro servicio de gestión de planillas y asesoría laboral?

Cumplimiento estricto de obligaciones laborales para proteger a tu empresa de sanciones de SUNAFIL:

  • Declaración mensual de PLAME y T-Registro: Gestión de altas, bajas, liquidación de EsSalud, ONP/AFP y retención de Renta de 5ta categoría.
  • Cálculo de beneficios de ley: Determinación precisa de gratificaciones legales, CTS semestral, vacaciones y liquidaciones.
  • Elaboración de contratos laborales: Redacción de contratos sujetos a modalidad o a plazo indeterminado conforme a la ley peruana.
  • Implementación del Régimen REMYPE: Aplicación legal de costos laborales reducidos para empresas acreditadas en micro y pequeña empresa.
  • Prevención de contingencias SUNAFIL: Auditoría interna de boletas, firmas, horas extras y registro de asistencia laboral.
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Elaboración Mensual de Planilla y Emisión de Boletas

Cálculo de días laborados, horas extras, tardanzas, subsidios por descanso médico y retenciones de quinta categoría. Generación de boletas de pago digitales en PDF para cada colaborador.

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Presentación de la PLAME (PDT 601) y AFPnet

Carga telemática de la Planilla Electrónica en el portal de la SUNAT antes del vencimiento mensual y generación del ticket de pago de aportes de AFP en el portal AFPnet.

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Liquidación de Beneficios Sociales (LBS)

Al término de la relación laboral, calculamos la liquidación de truncos (vacaciones, gratificación y CTS proporcional) y redactamos el certificado de trabajo y la constancia de liberación de CTS para el banco dentro del plazo legal de 48 horas.

Preguntas Frecuentes sobre Planillas y Asesoría Laboral

La legislación laboral peruana otorga un plazo improrrogable de 48 horas posteriores al cese para efectuar el pago de la Liquidación de Beneficios Sociales (LBS) y entregar el certificado de trabajo y la carta de retiro de CTS. Si no se paga en dicho plazo, se devengan intereses laborales y la empresa se expone a denuncias ante SUNAFIL.

Solo si la labor es verdaderamente autónoma e independiente (sin horario fijo, sin subordinación y sin herramientas provistas por la empresa). Si el trabajador cumple un horario en tu oficina o taller y recibe órdenes directas, rige el Principio de Primacía de la Realidad: la SUNAFIL presumirá una relación laboral encubierta y multará a la empresa exigiendo el reintegro de todos los beneficios sociales desde el primer día.

El trámite se realiza en línea mediante la Clave SOL a través de la plataforma del Ministerio de Trabajo (MTPE). Verificamos que tu nivel de ventas anuales califique como Microempresa (hasta 150 UIT) o Pequeña Empresa (hasta 1,700 UIT) y gestionamos la constancia de acreditación para que tus nuevos contratos laborales nazcan bajo este régimen de ahorro legal.

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